domingo 29 de septiembre de 2024 - Edición Nº103

Regionales | 22 jul 2024

Exención del Impuesto a las Ganancias en Tierra del Fuego: Confirmación esperada por la Ley 19.640

El reciente decreto refuerza que no corresponde el pago del Impuesto a las Ganancias para los beneficiarios de esta normativa


Así quedó confirmado en el decreto 652/2024. De esta manera, el Gobierno nacional confirmó que quedan exceptuados "los sujetos alcanzados por la Ley N°19.640 y sus normas complementarias".

 

Según el decreto 652/2024, queda establecido que son alcanzados "por sus disposiciones las sumas que se abonen en el marco de lo allí previsto, con excepción de los ingresos comprendidos en los incisos a) y b) del mencionado artículo 82 que perciban los sujetos alcanzados por la Ley N° 19.640 y sus normas complementarias".

 

Asimismo, decreta que las sumas que revistan la naturaleza de adicional remunerativo para el personal civil y militar por prestaciones de servicio en la Antártida Argentina "quedan exceptuadas de lo dispuesto en los párrafos cuarto y siguientes del referido artículo 82 de la ley, toda vez que se consideran comprendidas en las deducciones a las que alude el inciso e) del artículo 86 del mencionado texto legal, y la deducción a la que se refiere el artículo 16 de la Ley N° 26.063 y sus normas modificatorias y complementarias no queda comprendida en las previsiones del cuarto párrafo del artículo 82 de la ley".

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